Concedido por el Instituto Aragonés de Empleo a la Comarca Hoya de Huesca|Plana de Uesca, el proyecto del taller de empleo “Paisajes de la Hoya II” se inició en febrero con la especialidad de jardinería.
La Comarca Hoya de Huesca|Plana de Uesca, a través de su Área de Desarrollo, activó el pasado 11 de febrero el Taller de Empleo ‘Paisajes de la Hoya II’ que el Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo resolviera conceder el 27 de noviembre de 2019, con una subvención de 291.860,76 euros. Dedicado a la especialidad de jardinería cuenta con doce alumnos-trabajadores seleccionados entre personas desempleadas mayores de veinticinco años que, a la finalización del programa formativo, obtendrán el correspondiente certificado de profesionalidad. Además de los contenidos propios de esta materia (instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes, mantenimiento y mejora de jardines y zonas verdes y control fitosanitario), se han impartido módulos complementarios de competencia digital, prevención de riesgos laborales, igualdad de género, emprendimiento, sensibilización medioambiental y orientación laboral. La formación teórica se imparte en las aulas de formación de la sede comarcal.
El taller de Empleo, que se gestiona por un equipo técnico compuesto por un director-docente, un docente y apoyo administrativo, ha tenido que adaptarse a las especiales circunstancias derivadas de la pandemia, iniciando recientemente la fase de intervenciones en unidades de obra. Las prácticas profesionales se están desarrollando tanto en empresas colaboradoras del sector (Huesca Garden y Jardinería Belsué), como en varios ayuntamientos de la Hoya de Huesca.
Agüero, Alcalá del Obispo, Angüés, Antillón, Argavieso, Blecua-Torres, Las Peñas de Riglos, Loarre, Siétamo y Vicién han sido los municipios seleccionados para albergar actuaciones que, además de completar la formación teórica con la experiencia laboral, permite la intervención y mejora de espacios en distintas localidades del ámbito rural de la Hoya de Huesca.
Las actuaciones se concentran en la recuperación, mejora y acondicionamiento de diversos espacios ajardinados o de zonas verdes. Desde piscinas y entornos urbanos a zonas situadas en las inmediaciones de destacados elementos del patrimonio arquitectónico, histórico y etnográfico de la Hoya como la iglesia de Santiago de Agüero o las fuentes de Cantagallos en Loarre, de Tamariz de Angüés o la fuente de Bespén, donde, entre otras tareas, se realiza limpieza y desbroce, poda de setos, reposición de arbolado, instalaciones o renovaciones de sistemas de riego, modificación o colocación de vallados, quitamiedos o escaleras.
Recién concluida la intervención en Argavieso, en estos momentos y hasta final del mes de octubre, el equipo del Taller de Empleo ‘Paisajes de la Hoya II’ está realizando trabajos en diversos espacios de Alcalá del Obispo (resiembra e instalación de riego) y en el parque infantil de Castejón de Arbaniés (desbroce y limpieza, recorte de setos, reposición de arbolado, rehabilitación de parterre, sustitución de sistema de riego y protección de juegos).
El departamento de Economía, Planificación y Empleo pone en marcha, a través del INAEM, un nuevo Programa para la recuperación e impulso del empleo en Aragón. Esta convocatoria, dotada con seis millones de euros, comprende subvenciones tanto para la creación de empleo por cuenta ajena como para favorecer una segunda oportunidad para los trabajadores autónomos. El objetivo, además de impulsar la contratación, es apoyar a las empresas y autónomos aragoneses y contribuir a mitigar los efectos económicos provocados por la crisis sanitaria originada por el coronavirus.
El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publica el 7 de agosto de 2020 la convocatoria de estas subvenciones, que pueden solicitarse a partir del día 8 de agosto. Les facilitamos el enlace al BOA con el contenido íntegro de la convocatoria y un adjunto con el resumen de los aspectos más destacados de estas líneas de subvención.
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL
En el BOA nº 152 de 3 de agosto se publica la Orden ICD/691/2020, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la inversión y mejora, así como a la digitalización del pequeño comercio.
Las actuaciones subvencionables:
1. Serán objeto de subvención las actuaciones dirigidas a:
a) La inversión y mejora en los comercios minoristas.
b) La digitalización de la PYME del sector del comercio minorista.
2. Las actuaciones objeto de subvención se realizarán en establecimientos comerciales, existentes o de nueva creación, ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón. Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a continuación:
a) Inversión y mejora de los comercios, tales como:
- Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
- Mejoras y equipamiento de escaparates.
- Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
b) Digitalización de la PYME.
- La adquisición e implantación de herramientas software de gestión, marketing digital o de comercio electrónico.
- Kit de digitalización. (Hasta un máximo de 300 euros de gasto subvencionable) Incluye equipo necesario para fotografiado, elaboración de fichas de catálogo y carga de producto en plataforma. Excluye la adquisición de cámaras fotográficas, teléfonos móviles y ordenadores personales.
- Adquisición de equipos Terminal Punto de Venta y otros equipos específicos de gestión comercial.
3. En ningún caso serán objeto de subvención los siguientes conceptos:
- Mamparas u otro equipamiento de distanciamiento personal o uso sanitario por motivo del COVID-19.
- El gasto corriente derivado de las actuaciones objeto de subvención.
- Alquileres.
- Equipos informáticos de uso genérico.
- Impuestos y tasas.
- Los bienes usados.
- Los gastos de reparación, sustitución y mantenimiento.
- Equipamiento destinado a la sala de ventas o almacén.
- No se podrán subvencionar inversiones o gastos cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.
4. Las actuaciones anteriores deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda. Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a los gastos subvencionables indicados en este apartado deberán estar comprendidos en el periodo entre el 1 de octubre de 2019 y el 15 de septiembre de 2020.
Los beneficiarios:
1. Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.
La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.
2. Quedan excluidas del concepto de beneficiario las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución. También quedan excluidas las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, citadas en su artículo 2, apartado 3.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones, y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este apartado como beneficiarios.
La cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 3.000 euros, por establecimiento comercial.
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 18 de septiembre de 2020.
Para más información en los siguientes enlaces:
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL
En el BOA nº 152 de 3 de agosto se publica la Orden ICD/690/2020, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen autónomo y pequeñas y medianas empresas del sector turístico aragonés afectadas por la crisis de la COVID-19.
El sector turístico es, posiblemente, uno de los sectores que más daños ha sufrido a causa de la pandemia a raíz del cierre de toda actividad turística, cierre de fronteras y la imposibilidad de libre circulación.
En Aragón, el sector del turismo representa casi un 9% del PIB y está integrado por más de 8.000 empresas turísticas, en diversos ámbitos y con distintas estructuras, predominando las pymes y los autónomos siendo, además, si no el más importante, uno de los sectores claves para fijar población en el territorio contribuyendo, sin duda, a la lucha contra la España vacía.
El objeto de esta Orden es aprobar las bases y convocatoria para la concesión de subvenciones a las empresas que sean autónomos o pymes del sector turístico aragonés por el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
Podrán ser beneficiarios los autónomos y pymes titulares de establecimientos de alojamiento hotelero, de apartamentos turísticos, de alojamiento de turismo rural, de camping, de albergues y refugios, de establecimientos con servicio de restauración, restaurantes y cafeterías, titulares de actividades de turismo activo, de agencias de viajes con casa central en Aragón o guías de turismo (comarcales y de Aragón), siempre que se encuentren inscritos en el Registro de Turismo de Aragón, con anterioridad al 15 de marzo de 2020 y que se encuentren en activo en la fecha de solicitud. Tendrán que cumplir una serie de requisitos relacionados en el artículo 3 de dicha orden.
El importe de las ayudas será:
4. La cuantía total a percibir por beneficiario en ningún caso superará los 10.000 euros.
El plazo de presentación de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Las solicitudes deberán cursarse de forma electrónica, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto. https://aplicaciones.aragón.es/tramitar/subvenciones-autonomos-pymes-sector-turistico-covid-19
Para más información en los siguientes enlaces:
ORDEN ICD/690/2020, de 21 de julio, bases reguladoras y convocatoria
Para concertar una visita en la Sede Comarcal, por favor póngase en contacto con el trabajador o departamento correspondiente a través del 974 23 30 30, y le darán fecha y hora para poder mantener una reunión.
Para evitar esperas o que no se le pueda atender, se ruega no acudir sin haber concertado una cita.