Objeto:

La finalidad de estas subvenciones es apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando para ello el establecimiento de personas desempleadas como personas trabajadoras autónomas, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden aquellas personas físicas que, cumpliendo los requisitos previstos específicamente en la Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, para cada modalidad de subvención y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se produzcan entre los días 1 de octubre de 2024 y 30 de septiembre de 2025 y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.

b) Que se incorporen al negocio familiar como personas autónomas colaboradoras.

c) Que formen parte, en su calidad de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subven­ciones se soliciten a título personal.

d) Que estén incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y hayan disfrutado de la reducción prevista el apar­tado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo au­tónomo, a contar desde la fecha de efectos del alta, durante los doce meses naturales completos siguientes, siempre que el centro de trabajo o domicilio fiscal, en caso de carecer de aquél, esté ubicado en una localidad o núcleo de población aragonés.

e) Que contrate a la primera persona trabajadora por cuenta ajena.

f) Que se establezcan como personas trabajadoras autónomas por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y soliciten y obtengan un prés­tamo a título individual.

El artículo 8 de la convocatoria determina los plazos de presentación de solicitudes de las distintas subvenciones establecidas en la misma.

En el artículo 9 de la convocatoria está el acceso al trámite para la solicitud o directamente en este enlace DIRECCIÓN ELECTRÓNICA

Para más información:

ORDEN EEI/340/2024 de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.

ORDEN EMC/1701/2024, de 5 de diciembre, por la que se convocan para el año 2025, las subvenciones reguladas en la Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.

EXTRACTO de la Orden/1701/2024, de 5 de diciembre, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.

 

cita previa

Para concertar una visita en la Sede Comarcal, por favor póngase en contacto con el trabajador o departamento correspondiente a través del 974 23 30 30, y le darán fecha y hora para poder mantener una reunión.

Para evitar esperas o que no se le pueda atender, se ruega no acudir sin haber concertado una cita.

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