Es objeto de esta Orden convocar las ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios, correspondiente al Programa de apoyo a la competitividad de las Pymes de comercio minorista aragonés y al Programa de apoyo especial al comercio de zonas rurales.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas a las que se refiere la presente Orden los empresarios que, en la fecha de solicitud, cumplan alguna de estas condiciones:
a) Estén gestionando algún multiservicio rural con oferta comercial, debiendo ser los titulares de los contratos de los consumos acreditados, así como cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria y que sus proyectos sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto.
b) Estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.
Actuaciones subvencionables.
Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas:
a) Los gastos derivados del coste del consumo energético (electricidad, gas y gasoil), de comunicación y de abastecimiento de agua, generados directamente por la actividad comercial de los multiservicios rurales y de los establecimientos comerciales que estén en localidades de menos de 500 habitantes y que estén en funcionamiento en la fecha de publicación de esta Orden.
En los casos en los que en el multiservicio rural se desarrollen otras actividades además de la comercial, los gastos subvencionables serán los ligados a la superficie destinada al uso comercial.
c) Los gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial.
d) Gastos de mantenimiento de programas informáticos, software, herramientas informáticas para la gestión del negocio y el marketing online.
La actuación subvencionable deberá de haberse ejecutado entre el 30 de mayo de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.
Para la concesión de la ayuda deberá justificarse en el momento de la solicitud tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago.
Régimen de concesión y criterios de evaluación.
En la concesión de las ayudas se observarán los siguientes criterios de evaluación:
a) Dinamización de la economía de la zona.
- Si se trata de un multiservicio perteneciente a la Red de multiservicios rurales, tendrá 2 puntos.
b) Localización de la empresa:
- Localidad de hasta 300 habitantes: 3 puntos.
- Localidad de más de 300 o menos de 500 habitantes: 1 punto.
- Localidad distinta de las anteriores: 0 puntos.
c) Comercios adheridos a la red de multiservicios rurales: 2 puntos.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, comenzando el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.
ORDEN EEI/589/2024, de 29 de mayo, por la que se convocan ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios.
EXTRACTO de la Orden EEI/589/2024, de 29 de mayo, por la que se convocan ayudas
para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios.