DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

En el BOA nº 152 de 3 de agosto se publica la Orden ICD/690/2020, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen autónomo y pequeñas y medianas empresas del sector turístico aragonés afectadas por la crisis de la COVID-19.

El sector turístico es, posiblemente, uno de los sectores que más daños ha sufrido a causa de la pandemia a raíz del cierre de toda actividad turística, cierre de fronteras y la imposibi­lidad de libre circulación.

En Aragón, el sector del turismo representa casi un 9% del PIB y está integrado por más de 8.000 empresas turísticas, en diversos ámbitos y con distintas estructuras, predominando las pymes y los autónomos siendo, además, si no el más importante, uno de los sectores claves para fijar población en el territorio contribuyendo, sin duda, a la lucha contra la España vacía.

El objeto de esta Orden es aprobar las bases y convocatoria para la concesión de subvenciones a las empresas que sean autónomos o pymes del sector turístico aragonés por el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.

Podrán ser beneficiarios los autónomos y pymes titulares de establecimientos de alojamiento hotelero, de apartamentos turísticos, de alojamiento de turismo rural, de camping, de albergues y refugios, de establecimientos con servicio de restauración, restaurantes y cafeterías, titulares de actividades de turismo activo, de agencias de viajes con casa central en Aragón o guías de turismo (comarcales y de Aragón), siempre que se encuentren inscritos en el Registro de Turismo de Aragón, con anterioridad al 15 de marzo de 2020 y que se encuentren en activo en la fecha de soli­citud. Tendrán que cumplir una serie de requisitos relacionados en el artículo 3 de dicha orden.

El importe de las ayudas será:

  • Guías de Turismo: la cuantía de la ayuda ascenderá a 600 euros.
  • Agencias de viaje, turismo activo, turismo rural, apartamentos turísticos, albergues y refugios: la cuantía de la ayuda ascenderá a 1.000 euros por cada una de las actividades o establecimientos en el caso de titulares autónomos y a 1.500 euros en el caso de titulares pymes o autónomos que tengan trabajadores a su cargo.
  • Establecimientos de alojamiento hotelero, camping y establecimientos con servicio de restauración, restaurantes y cafeterías: la cuantía de la ayuda ascenderá a 1.500 euros por establecimiento en el caso de titulares autónomos y de 2.000 euros en caso de titulares pymes o autónomos que tengan trabajadores a su cargo.

4.   La cuantía total a percibir por beneficiario en ningún caso superará los 10.000 euros.

El plazo de presentación de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Las solicitudes deberán cursarse de forma electrónica, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto. https://aplicaciones.aragón.es/tramitar/subvenciones-autonomos-pymes-sector-turistico-covid-19

Para más información en los siguientes enlaces:

ORDEN ICD/690/2020, de 21 de julio, bases reguladoras y convocatoria

EXTRACTO de la ORDEN ICD/690/2020

CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA ORDEN ICD/690/2020

 

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