SUBVENCIONES A FONDO PERDIDO CON DESTINO A EMPRESAS PARA ACTUACIONES DE INFRAESTRUCTURA TURÍSTICA

- CONVOCATORIA DE AYUDAS 2012 -

(BOA Nº 104 de 31/05/2012)

OBJETO:

Es objeto de regulación de la presente Orden establecer la convocatoria de ayudas consistentes en la ejecución de determinadas infraestructuras turísticas en cuya inversión queda excluido el IVA.

BENEFICIARIOS:

Podrán acogerse a la presente convocatoria aquellas actuaciones de Pequeñas y Medianas Empresas, a realizar en el año 2012, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 220/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 175/1998, de 20 de octubre.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Podrán ser objeto de subvención las inversiones realizadas por los establecimientos turísticos, si bien en el caso de los establecimientos de restauración, únicamente se incluirán aquellos que formen parte de un complejo hotelero. Así mismo dichas inversiones deberán estar pagadas desde el 1 de enero de 2012. Siendo las cuantías y actuaciones las que correspondan a las siguientes inversiones:

a) Actuaciones destinadas a facilitar la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas que establece el Decreto 19/1999, de 9 de febrero (BOA nº 31, de 15/03/99). Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.

b) Actuaciones de infraestructura y equipamiento exigidas para la incorporación de establecimientos turísticos a programas de calidad (como Q de calidad, ISO 9001). Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.

c)  Inversiones para la mejora de la seguridad contra incendios y la seguridad de las personas en los establecimientos turísticos. Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.

d)  Actuaciones destinadas a la instalación de sistemas de climatización y/o aire acondicionado. Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.

e)    Obras de acondicionamiento y mejora de los baños de uso común y/o cambio de sanitarios. Hasta un máximo del 20% del elegible de la inversión.

 

NORMATIVA:

  • El Decreto 220/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón » nº 133, de 9/11/05) por el que se modifica el Decreto 175/1998, de 20 de octubre, regula el régimen y procedimiento para la concesión de ayudas en materia de turismo.
  • ORDEN de 10 de mayo de 2012, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones a fondo perdido con destino a empresas para actuaciones de infraestructura turística. (BOA Nº 104 - 31/05/2012).

PLAZO DE SOLICITUD: El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta Orden y se mantendrá vigente durante veinte dias naturales.

MÁS INFORMACIÓN:

BOA

 

 

cita previa

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